Abogados hurtos Palma de Mallorca

Abogado penalista en Palma de Mallorca especialista en el delito de hurto

Si le han denunciado o quiere denunciar un delito de hurto o ya esta inmerso en un procedimiento penal por hurto lo mejor es que se ponga en contacto con nosotros lo antes posible.

En Castell Abogados asesoramos a particulares y empresas cuando hayan sido víctimas de un presunto delito de hurto o le estén investigando por un delito de hurto. Nuestros abogados penalistas en Palma de Mallorca defenderán sus intereses cuando, en contra de su voluntad, se haya visto perjudicado por haberle sido sustraído bienes de su propiedad o se le investigue por la comisión de un delito de hurto.

El delito de hurto según la nueva redacción del Código Penal castiga a quién con ánimo de lucro, tomare las cosas muebles ajenas sin la voluntad de su dueño será castigado, como reo de hurto, con la pena de prisión de 6 a 18 meses si la cuantía de lo sustraído excediese de 400 euros.

Nuestros abogados penalistas en Mallorca le defenderán por hurto cuando se hayan sustraído cosas de valor artístico, cultural o científico, bienes de primera necesidad, cableados, equipos o componente de infraestructuras de suministro eléctrico, productos agrarios etc.

El delito de hurto es un tipo de delito incluido en los llamados “Delitos contra el patrimonio” y está tipificado como tal en el Código Penal español. La pena que conlleva este tipo de delito puede llegar hasta los 3 años.

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¿Qué diferencia existe entre el robo y el hurto?

El delito de robo implica que se utilice o bien la fuerza en las cosas para acceder o abandonar el lugar del que se sustrae el bien o que se utilice fuerza o intimidación sobre las personas para realizar el robo.
El delito de hurto solo es la sustracción de un bien sin emplear para ello ningún tipo de fuerza o intimidación.

¿Cómo se clasifican los delitos de hurto?

En función del valor del bien sustraído se clasifica en delito leve de hurto o delito de hurto. Si el valor de lo sustraído no alcanza los 400 euros, estaremos ante un caso de delito leve de hurto. Sin embargo, si este importe supera los 400 euros, nos encontraremos ante un caso de delito de hurto.

Delito de hurto

Se considera delito de hurto cuando la persona sustrae, sin consentimiento del propietario  legítimo, un bien cuyo valor supera los 400 euros. Este tipo de delitos, según el Código Penal se castigan con una pena de cárcel que oscilará entre los 6 y 18 meses de prisión.

Además, el Código Penal señala algunas causas que pueden considerarse agravantes, lo que implica que la pena puede verse aumentada si concurre alguna de dichas causas.

Posibles agravantes del delito de hurto

• Sustraer bienes con valor artístico, histórico, cultural o científico.
• Sustraer bienes de primera necesidad, y como consecuencia de la sustracción se cause una situación de desabastecimiento.
• Sustraer de conducciones, cableados, equipos o piezas pertenecientes a infraestructuras de suministro eléctrico, de hidrocarburos o de los servicios de telecomunicaciones, o de otras componentes destinados a la prestación de servicios de interés general, causando un perjuicio en los mismos.
• Sustraer productos agrarios o ganaderos, o los instrumentos o medios que se utilizan para su explotación, siempre que el delito cause un perjuicio grave a las infraestructuras agrarias o ganaderas.
• Cuando a consecuencia de la sustracción se creen situaciones de especial gravedad, o se produjeran perjuicios de especial consideración.
• Cuando se ponga a la víctima o a su familia en grave situación económica o se haya realizado abusando de sus circunstancias personales o de su situación de desamparo, o aprovechando la producción de un accidente o la existencia de un riesgo o peligro general para la comunidad que haya debilitado la defensa del ofendido o facilitado la comisión impune del delito.
• Cuando el condenado hubiera sido condenado previamente por al menos tres delitos de los comprendidos en el mismo Titulo del Código Penal, siempre que sean de la misma naturaleza. No se tendrán en cuenta antecedentes cancelados.
• Cuando para cometer el delito de hurto se utilice a menores de dieciséis años.
• Cuando el culpable sea miembro de una organización o grupo criminal que se dedicare a la comisión de delitos comprendidos en el mismo Título del Código Penal, siempre que sean de la misma naturaleza.

Delito leve de hurto

Se considerará delito leve de hurto cuando la persona sustraiga un bien, sin el consentimiento de tu legítimo propietario, cuyo valor no supere los 400 euros.
El castigo para este tipo de delito será una pena que oscilará entre el mes y tres meses de multa.
Si se enfrenta a una acusación por delito de hurto le aconsejamos que se ponga cuanto antes en manos de un abogado penalista que pueda asesorarle y proporcionarle la mejor defensa legal.  Nuestros abogados de Madrid están especializados en Derecho Penal y capacitados para proporcionarle la mejor defensa posible. No dude en contactar con nosotros y comentarnos su caso.

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