Abogados despidos improcedentes en Palma de Mallorca

Despacho de abogados laboralistas en Palma de Mallorca

¿Qué es el despido improcedente?

El despido improcedente es aquel que tiene lugar fuera del marco que contempla la ley. El empleador puede despedir al trabajador por razones disciplinarias u objetivas, pero cualquiera de ellas deberá ser probada. En caso contrario, el juez puede determinará que el despido es improcedente, ante lo cual el empresario podrá optar entre readmitir al trabajador en su mismo puesto con el mismo salario o, en su defecto, por la indemnización.

Cuándo un despido es improcedente en Palma de Mallorca

Si llevamos lo anterior a la práctica, podemos apelar al ejemplo de Marta, quien es despedida por reiteradas ausencias injustificadas. Aunque esto haya ocurrido en la realidad, el empresario deberá estar en condiciones de probar su veracidad.

Cuando el trabajador que ha sido despedido recurre a una decisión judicial para que el despido sea declarado improcedente y esto ocurre, el empresario tiene dos opciones:

  • Readmitir al trabajador
  • Proceder al pago de la indemnización

Cuando hablamos de la readmisión, esta debe ser en las mismas condiciones en las que se encontraba el trabajador antes de su despido. En este caso, también se le deberán pagar los salarios de tramitación.

Dado que el despido disciplinario carece de indemnización, cuando este es declarado improcedente por el juez, la segunda opción del empresario es pagarle la indemnización correspondiente al trabajador para así no tener que readmitirlo en la empresa. En tal caso, lo que corresponde que le pague son cuarenta y cinco días de salario por año trabajado hasta el 11 de febrero de 2012 y de treinta y tres días de salario por año trabajado desde el 12 de febrero de 2012 en adelante.

Si existe un período trabajado que sea menor de un año, se prorrateará por los meses trabajados. El máximo de mensualidades es de veinticuatro o de cuarenta y dos, dependiendo si la relación laboral tuvo inicio antes o después de la reforma laboral.

El empresario tiene un máximo de cinco días a partir de que es notificado de la sentencia judicial al respecto para optar entre ambas opciones.

¿Qué ocurre si el empresario no se manifiesta?

Cuando el empresario no le da a conocer al trabajador su decisión, queda por sobreentendido que ha optado por la readmisión.

Si el empresario, después de haber optado por la readmisión, no le devuelve al trabajador su puesto y salario anterior al despido, este último puede llevar la situación al Juzgado para que la relación laboral quede extinta y el empresario se vea obligado legalmente a pagarle los salarios de tramitación y el despido improcedente.

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