Abogados especialistas en la reclamación por defectos de construcción

Despacho de abogados en Palma de Mallorca expertos en defectos de construcción y sus consecuencias jurídicas

¿De qué se trata?

Si se muda a una vivienda de construcción nueva y esta tiene algún defecto o vicio de obra, se puede reclamar la reparación y subsanación de los defectos al promotor o a la empresa promotora que vendió la casa. Aún así, estos tienen diversos plazos para solicitar la reparación.

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Plazos para la reclamación por defectos de construcción

La Ley de Ordenación de Edificación establece tres plazos diferentes dependiendo de la gravedad del daño o defecto constructivo del local adquirido, estos tres plazos son los siguientes:

  • Un año para los denominados defectos de acabado de la vivienda o local.
  • Tres años para aquellos defectos que influyen en la habitabilidad del habitáculo.
  • Diez años para aquellos fallos que afecten a la seguridad estructural del edificio.

Los defectos deben exteriorizarse en esos plazos, si no se cumplen estos, la acción habrá caducado y no será posible dicha reclamación. Una vez sean visibles estos daños dentro del plazo, el reclamante tiene dos años para emprender acciones judiciales contra el promotor.

Por lo tanto, existen dos plazos para la reclamación: el plazo de garantía de 1, 3 o 10 años en los que los defectos deben exteriorizarse o manifestarse para poder ser reclamados, y el plazo para el ejercicio de acciones judiciales de 2 años después de que se hayan manifestado dichos defectos.

Cómo hacer la reclamación a tiempo

Como hemos visto, los plazos aumentan a medida que aumenta la gravedad del daño, ya que estos van apareciendo a lo largo del tiempo. Primero, se debe realizar una revisión una vez adquirida la vivienda, para encontrar cualquier posible defecto y enviar una lista al promotor, que debe hacerse cargo de estos, ya que el plazo es solo de un año para estos pequeños defectos.

Si los defectos aparecen a medida que pasa el tiempo, se debe reclamar de manera rápida y nada más comprobar el desperdicio, para evitar que transcurran los plazos de garantía. Si el plazo ha transcurrido, puedes intentar reclamar al promotor por incumplimiento contractual.

¿Es importante enviar la carta de reclamación al promotor?

Enviar la carta es de gran importancia, ya que es la manera más rápida de que se reparen los defectos encontrados y que no lleguen a provocar aún más daños y perjuicios. 

Además, a la hora de acudir a un juzgado, se demuestra que la reclamación de los defectos provocados no es con una mala intención, y que solamente se pretende solucionar los posibles problemas que tenga la vivienda.

Por último, en el momento de enviar la carta, se paralizan los plazos legales de preinscripción mencionados anteriormente, y por lo tanto evitamos que este plazo pueda caducar en un futuro. 

Cómo debe ser la carta de reclamación

En la carta se deben indicar los datos de compraventa acordados y firmados con el promotor, hacer una lista de cuales son los defectos, describirlos y solicitar que sean reparados en un plazo de tiempo. Si el promotor incumple con el contrato, puedes añadir los daños y perjuicios que te está provocando, y que por su culpa estás sufriendo problemas, diciendo que puedes hasta llegar a pedir una indemnización.

La carta puede ser enviada a través de cualquier medio, siempre con la seguridad de que el promotor recibe dicha carta. Puede ser por correo electrónico, fax. Lo más válido es enviarla por burofax desde una oficina de correos.

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