Incumplimiento grave del empresario

Abogados laboralistas en Palma de Mallorca expertos en solicitar la extinción unilateral del contrato por incumplimiento grave del empresario

Ante un incumplimiento grave por parte del empresario, tal como la modificación sustancial de las condiciones laborales, la falta de pago o retrasos recurrentes en este, la negativa a reincorporar al trabajador ante una modificación sustancial declarada nula o el acoso laboral, el trabajador tiene derecho de solicitar la extinción del vínculo laboral y de percibir la indemnización por concepto de despido improcedente, con la subsiguiente prestación por desempleo.

Cómo se procede en Palma de Mallorca a extinguir un contrato laboral por incumplimiento del empresario

La extinción laboral, con todos los derechos y beneficios que esta trae aparejada para el trabajador, es decretada por el juez. Será este quien estipule la gravedad en la que ha incurrido el empleador y quien finalmente decida si el trabajador debe o no percibir la indemnización y todos los demás beneficios.

Mientras se espera la decisión del magistrado, el trabajador no deberá dejar de acudir a su trabajo ni negarse a desempeñar su cargo, ya que esto sería considerado una baja voluntaria, la cual no contempla que se perciba indemnización alguna ni la prestación por desempleo.

Pasos para presentar la extinción unilateral del contrato laboral

En primer lugar, el trabajador presenta la papeleta de conciliación laboral, siendo la última instancia la presentación de la demanda.

Cuando se presenta la papeleta de conciliación, es posible que empleado y empleador lleguen a un acuerdo. En tal caso, este deberá ser respetado por ambas partes por igual. No obstante, más allá del acuerdo con su empleador, el trabajador conserva su derecho a la prestación por desempleo.

Se llega a la instancia de la demanda cuando no existe acuerdo entre las partes.

Casos especiales

Si bien es obligatorio que el trabajador acuda a su puesto de trabajo y desempeñe sus funciones hasta que el juez dicte la sentencia de extinción laboral o no, existen excepciones y el trabajador se encuentra amparado por la ley.

Cuando el trabajador se ve vulnerado por el acoso laboral o por conductas por parte del empresario o de otros integrantes de la directiva o del personal, que agregan su dignidad o derechos, de acuerdo al artículo 180.4 de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social, el trabajador puede apelar a la medida cautelar de no presentarse en su lugar de trabajo durante el procedimiento. Esta medida también estipula que tiene derecho a percibir el salario y las cotizaciones correspondientes al período mientras se decide la sentencia.

Si tiene alguna duda puede ponerse en contacto con nosotros gratis y sin compromiso, nuestros abogados laboralistas le ayudaran ante cualquier consulta.

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